Cálculo Indemnización

Calcular Finiquito Laboral

Por favor, elija el tipo de cálculo de indemnización que desea calcular. Para ello, pinche en el adecuado botón que le presentamos abajo.
Si por el contrario, lo que necesita es saber como calcular la indemnización por desempleo de manera genérica, pulse en el link de la derecha y directamente irá a nuestra calculadora que le permitirá obtener la indemnización laboral de manera automática:

Si lo que desea es simplemente saber los pasos del cálculo de indemnización, os presentamos a continuación la forma para obtenerlo. Tenga en cuenta, en caso de baja laboral, que nuestro sitio es solamente una guía, y no puede sustituir a un abogado de despidos o laboralista.

El finiquito tiene varias cantidades incluidas:

  1. Salario del mes en curso.
  2. Vacaciones no disfrutadas.
  3. Parte proporcional de las pagas extra que le corresponde.
  4. Cálculo Indemnización por despido.

Las variables que el usuario tendrá que completar son:

  • Sueldo bruto anual.
  • Número de pagas, que podrá ser 12 o 14.
  • Fecha de inicio del contrato.
  • Fecha de fin del contrato.
  • Vacaciones al año (podría ser 30 por defecto).
  • Vacaciones utilizados este año.
  • Número de días de indemnización por despido

En primer lugar, se calcula el salario bruto mensual = sueldo bruto anual / número de pagas.

Posteriormente, se calcula el salario bruto diario = salario bruto mensual / 30.

  1. Salario del mes en curso : es igual al salario bruto diario multiplicado por el número de días del mes en curso.
  2. Vacaciones no disfrutadas : se calcula el número de vacaciones a los que tiene derecho del año en curso. Las “vacaciones a las que tiene derecho del año en curso” son iguales a “Vacaciones al año” multiplicado por el número de días que llevemos de año, y dividido por 360. Por ejemplo, si lo despiden el 5 de febrero de 2010, habría que hacer la resta: 5/2/2010 – 1/1/2010 = 35 días. Si tiene derecho a 30 días de vacaciones al año, el número de “vacaciones a los que tiene derecho” sería (30 * 35/360)= 2,87 días. El importe por “vacaciones no disfrutadas” sería igual a (“vacaciones a los que tiene derecho del año en curso” – “vacaciones utilizados este año”), y el resultado multiplicado por el “salario bruto diario”. El importe de “vacaciones no disfrutadas” puede ser negativo, si ha utilizado más vacaciones de las que tenía derecho ese año. Por ejemplo, si ha utilizado 1 día de vacaciones, entonces “vacaciones no disfrutadas sería igual a (2,87-1)*salario bruto diario.
  3. Parte proporcional de las pagas extra que le corresponde : Esta variable sólo aplica si tiene 14 pagas. Hay 2 pagas extras, una el 1 de enero y otra el 1 de julio.
    • Cuantía correspondiente a la paga extra de 1 de enero: se calcula la diferencia entre la fecha de despido y el 1 de enero de ese año (ej: si lo echan el 10 de agosto sería 30*7 + 10 =220). Estos 220 se dividen entre 360 y se multiplican por el sueldo bruto mensual. Así, si el sueldo bruto mensual es 1000 y han pasado 220 días desde que cobró por última vez la paga extra del 1 de enero, tendrá derecho a 1000 * (220/360) = 611 €.
    • La cuantía correspondiente a la paga extra del 1 de julio sería igual, pero cambiando la fecha del 1 de enero por la de 1 de julio (siempre se coge el 1 de julio y 1 de enero anteriores a la fecha de despido).
    La parte proporcional de las pagas extra que le corresponde será la suma de las 2 cuantías de las pagas extra.
  4. Cálculo Indemnización por despido : en primer lugar se calculan el número de días que ha trabajado, como diferencia entre las fechas de fin del contrato y fecha de inicio del contrato. Posteriormente, se pasa esta cifra a años, dividiendo entre 360. El número de años se multiplica por el “número de días de indemnización por despido” a lo que se tenga derecho. Por ejemplo, si ha trabajado 560 días, serían 560/360= 1,55 años. Si tiene derecho a 45 días de indemnización por año trabajado, se hace 1,55 * 45 = 69,75 días. Posteriormente, se multiplica el número de días por el salario bruto diario, obteniéndose el cálculo de indemnización por despido.

El tiempo de indemnización por despido es:

  • Despido improcedente: 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 meses (1260 días).
  • Despido improcedente en contrato fomento ocupación: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 meses (720 días).
  • Despido procedente por causas objetivas o despido colectivo: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 meses (360 días).
  • Despido disciplinario: sin indemnización.

El finiquito será la suma de estos 4 conceptos. Sobre el finiquito se hace una retención de IRPF, para la que recomendamos que consulte a un abogado laboral..

E-MAIL DE CONTACTO

CONTACTAR CON LA PÁGINA WEB

NOTA LEGAL
Esta página no tiene carácter legal, expone datos orientativos. Se le recomienda asesoramiento  de un abogado de despidos.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK | Más información